capitulo I Equipo de EPI

1. Subcapitulo I Definicion

Se considera trabajo en alturas toda actividad que se realiza a una altura igual o superior a 1.5 metros sobre el nivel del suelo (el umbral puede variar según la normativa de cada país), y que expone al trabajador al riesgo de caída. Esta actividad implica el uso de sistemas de protección individual y colectiva, y requiere procedimientos específicos de seguridad.